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ANSES dejará de pagar el IFE a los presos

Es una de las modificaciones que se oficializó sobre el Ingreso Familiar de Emergencia. Además, contempla a los solicitantes menores de 25 años con domicilio registrado igual que sus padres. Cuáles son los nuevos requisitos para el bono de 10 mil pesos.
13.08.2020 [+]

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) oficializó que “las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad” no podrán acceder al bono extraordinario de 10.000 pesos del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) impuesto por el Gobierno para las familias más afectadas por la pandemia de coronavirus.

Esta es una de las modificaciones que introdujo el organismo previsional sobre los requisitos para acceder al beneficio, a través de la Resolución 16/2020, publicada en el Boletín Oficial. “A fin de poder fortalecer la llegada de esta prestación excepcional a los sectores más vulnerables, deviene necesario introducir ciertas modificaciones”, explica el documento del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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En uno de sus artículos, estableció que “las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas por las previsiones del Decreto N° 310/2020 y su modificatorio, por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2° (del texto)”.

Por otro lado, modificaron que “cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la Administración Nacional de la Seguridad Social sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente”.

Se establece además que “Anses requerirá a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud”.

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