La AFIP simplifica trámites y el registro de alquileres ya no es obligatorio
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dado un paso significativo hacia la simplificación de trámites al eliminar la obligatoriedad de registrar los contratos de alquiler de propiedades urbanas y rurales. Esta medida, que entró en vigor mediante la Resolución General 5545/2024 publicada en el Boletín Oficial, es consecuencia directa del Decreto 70/2023 que derogó la anterior Ley de Alquileres 27.551.
A partir de ahora, los propietarios no tendrán que inscribir sus acuerdos de locación en el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)” para que estos sean considerados válidos. No obstante, la AFIP ha establecido un esquema de incentivos para fomentar la declaración voluntaria de estos contratos.
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Aquellos contribuyentes que deseen acceder a beneficios impositivos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), así como en los gravámenes sobre Créditos y Débitos bancarios, Bienes Personales y Ganancias —contemplados en la ley 27.737—, deberán registrar sus contratos en el RELI. El plazo para realizar esta inscripción se extiende hasta el 30 de septiembre de 2024 o hasta 15 días corridos posteriores a la celebración del contrato, lo que ocurra después.
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Es importante destacar que los contratos ya registrados mantendrán su validez, sin necesidad de una nueva inscripción, salvo que existan modificaciones o actualizaciones que requieran ser declaradas. Para efectuar el registro, los interesados podrán hacerlo a través del sitio web oficial del organismo recaudador.
En consonancia con estas modificaciones, la AFIP también ha simplificado los requisitos para los empleados en relación de dependencia. Mediante la Resolución General 5547/2024, se ha eliminado la obligación de adjuntar una copia del contrato de alquiler destinado a vivienda en el servicio SiRADIG. Esta documentación era previamente necesaria para acceder a deducciones del 40% y 10% sobre los montos abonados por alquiler.
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Estas medidas se enmarcan en una serie de iniciativas que la AFIP viene implementando para reducir la burocracia y agilizar procesos. Entre ellas, se destaca la reciente derogación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), documento que era obligatorio al vender vehículos usados en el país.
Asimismo, el organismo ha suprimido la obligación de los productores agropecuarios de presentar cinco declaraciones juradas anuales sobre su cosecha. En el ámbito del comercio exterior, se ha eliminado el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar las operaciones internacionales.
Estas reformas reflejan un esfuerzo continuado por parte de la AFIP para modernizar y simplificar los procedimientos administrativos, buscando un equilibrio entre la necesidad de control fiscal y la reducción de cargas burocráticas para los contribuyentes.
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