Juez falló en contra de suspender la movilidad jubilatoria
La Justicia advirtió sobre la suspensión del índice de movilidad jubilatoria que las garantías vigentes para las personas mayores implican “comportamientos positivos por parte del Estado, no pudiendo posponerse su goce ni disminuir el grado de protección ya alcanzado”.
Por Equipo de Redacción MercedesYA
El juez federal de Salta Julio Leonardo Bavio dijo en el primer fallo sobre la Ley de Solidaridad que suspendió la movilidad jubilatoria que “la garantía constitucional de movilidad establecida por la Constitución nacional no se encuentra determinada por el período posterior al 23 de diciembre de 2019”.
Resaltó que distintos pactos internacionales ratificados por Argentina, entre ellos el que protege a las Personas Mayores, establecen el principio de progresividad o de prohibición de regresividad de los derechos económicos y sociales”.