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El Colegio de Arquitectos Distrito V preocupado por las limitaciones del Decreto Municipal 1144/22

El Colegio de Arquitectos de la provincia de Buenos Aires, distrito 5, envió notas al Intendente Municipal, Dr. Juan Ignacio Ustarroz y a la presidente del HCD, Evangelina Cabral, haciéndoles saber sobre una gran preocupación de arquitectos locales respecto del alcance del decreto 1144/22.

Por Equipo de Redacción MercedesYA
El Colegio de Arquitectos Distrito V preocupado por las limitaciones del Decreto Municipal 1144/22

El Arq. José María Serpi, presidente del Colegio de Arquitectos de la provincia de Buenos Aires, distrito 5, envió notas al Intendente Municipal, Dr. Juan Ignacio Ustarroz y a la presidente del HCD, Evangelina Cabral, por la gran preocupación de arquitectos locales.

Los arquitecto han manifestado su preocupación en el origen del Decreto 1144 de la Municipalidad del 30 de Junio de 2022, en donde se ordena suspender inicios de presentaciones de Planos de obra nueva, por un tiempo de 180 días prorrogables.

El Colegio de Arquitectos manifiesta que, en primer lugar, establecer una suspensión de presentaciones, sin una respuesta particular de cada tramitación, a todas luces nos parece arbitrario y desmedido, no es posible justificar en derecho “…la prohibición de nuevas presentaciones de planos….”, ya que ante el retraso u omisión legislativa que viene dándose en el tiempo sobre la cuestión particular de Ordenamiento Urbano y Territorial, esta situación podría ser de gran duración por la falta de respuesta y burocracia propia del actuar administrativo, en donde durante años de dicha cuestiones de gran importancia, no han tenido una respuesta.

En segundo lugar, se han excedido en las competencias regulatorias constitucionales definida por los artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial. Así, el artículo 41 en su primer párrafo dispone que la Provincia reconoce a las entidades intermedias expresivas de las actividades culturales, gremiales, sociales y económicas, y garantiza el derecho a la constitución y desenvolvimiento de colegios o consejos profesionales, por lo tanto no se podría limitar el derecho a los arquitectos de hacer presentaciones ante el Municipio, ello en concurrencia con otras normativas propias del derecho a trabajar libremente, dan lugar afirmar que no es posible que por medio del ejercicio de la función administrativa municipal, se limite los derechos de los matriculados.

Suspender la tramitación de planos de obra, por tareas que oportunamente se van a realizar, es convalidar la omisión legislativa del Municipio, imponiendo una restricción al derecho de trabajo de los profesionales, y no estamos hablando de un plazo prudencial, sino muy amplio y prorrogable. Nunca la calificación de cuestión extraordinaria, puede justificar ese actuar.

Por estas razones, desde el Consejo Directivo de el Colegio de Arquitectos, Distrito 5 solicitan a las autoridades municipales, se tenga a bien aceptar las presentaciones de planos que puedan realizar los arquitectos matriculados, y darle tratamiento particular, si se considera necesario, pero no limitar el derecho a trabajar en el territorio municipal de la ciudad de Mercedes.

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