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DENUNCIAN A LOS KIRCHNER POR NO POESTERGAR LAS ELECCIONES POR LA GRIPE A

Un abogado denunció a la pareja presidencial porque "persistieron con sus propósitos electoralistas" y no habrían aceptado la sugerencia de la saliente ministra de Salud Graciela Ocaña de posponer las elecciones, "profundizando" la pandemia
03.07.2009 [+]

La renuncia cantada de Graciela Ocaña tuvo razones que derivaron ayer en denuncia. “La Hormiguita” se habría alejado de la cartera de Salud al no encontrar quórum para su sugerencia de declarar la emergencia sanitaria por el brote de gripe A hace tiempo: eso suponía, claro, posponer los comicios de junio. Y la orden de la Casa Rosada habría sido un rotundo no.
Por ello, ayer la presidenta Cristina Fernández y su marido, el diputado electo Néstor Kirchner, fueron denunciados en la Justicia Federal por supuesto atentado a la salud pública al no haber postergado las elecciones como supuestamente habría sugerido Ocaña. Fuentes judiciales informaron que la denuncia fue radicada por el abogado porteño Alejandro Sánchez Kalbermatten en el juzgado federal número cinco de Norberto Oyarbide, que, en un trámite poco usual por su celeridad, citó de inmediato a aquel para que la ratificara.
Fernández y el ex presidente “persistieron con sus propósitos electoralistas, librando a su suerte a la población argentina y a los ciudadanos que la componen”, consignó la denuncia y opinó que, “siendo el voto obligatorio, no se hizo otra cosa que forzar a los ciudadanos de todo el país a contagiarse” el mal, que causó hasta ahora la muerte de 44 personas.
“La necesaria concentración de grandes multitudes es precisamente opuesto a lo que se ha aconsejado en países serios para evitar la propagación de la enfermedad”, sostuvo la denuncia y señaló que manteniendo la convocatoria a elecciones, “lejos de evitar las consecuencias de la pandemia, profundizaron y agravaron la situación”.
Para el denunciante, la Presidenta y el ex presidente podrían haber incurrido en los delitos de “atentado a la salud pública” e “incumplimiento de los deberes de funcionario público” con consecuencia de muerte. El artículo 102 del Código Penal reprime con reclusión o prisión de tres a quince años “al que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”. Y el artículo 84 reprime con penas de seis meses a diez años al que por “imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes de su cargo, causare a otro la muerte”.
El denunciante también solicitó al juez que ordene al Poder Ejecutivo que “se dispongan de inmediato aquellas medidas que se estimen conducentes para evitar que se siga propagando el contagio de este virus mortal que azota al mundo y especialmente a la República Argentina”. Y que notifique a la Presidenta que debe obligar al ministerio de Salud de la Nación que “en forma gratuita suministre vacunas y demás medicamentos a los ciudadanos, garantizando la existencia de derechos”.

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