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Municipios se ocuparán de trámites que hacían las comisarías

El proyecto llega a la Legislatura. Las comunas deberán labrar actuaciones en los casos que ahora son atendidos en seccionales. A cambio, los municipios cobrarán una tasa. Dicen que de esta forma, más policías cumplirán sus tareas específicas
29.11.2004 [+]

Extravío de bienes muebles o semimovientes; quejas vecinales por molestias; colisión de vehículos sin víctimas; abandono del hogar por cónyuges y asuntos de familia. Todos estos casos forman parte de un paquete que pretende ser revolucionario en la provincia de Buenos Aires. Si prospera un proyecto de ley del ministerio de Seguridad, las municipalidades ocuparán el lugar de las comisarías para intervenir y labrar actuaciones sobre estos hechos.
Actualmente, todos los casos mencionados son recibidos, atendidos y tramitados en dependencias policiales. El proyecto, que será girado en breve por el Ejecutivo al Parlamento provincial, traspasa dichas competencias a las municipalidades, a cambio de una tasa por cada trámite iniciado.
El proyecto de ley posee 15 artículos y se encuentra a disposición del Ejecutivo, para ser remitido a la Legislatura. La ecuación es simple: menos policías para trámites administrativos, más agentes en la calle, menos inseguridad. Esto es lo que piensa el ministro de Seguridad León Arslanián, y lo que lo llevó a avanzar decididamente con este cambio que se enmarca en el plan global de seguridad de la provincia contra el delito.
El proyecto de ley dispone en su artículo dos que “el organismo competente (o sea, cada municipio) deberá llevar un registro, a fin de dejar constancia de las exposiciones que se reciban”, y agrega que “las actas que se labren deberán contener las firmas del funcionario interviniente y de quien las formalice”.
La iniciativa legislativa dispone el procedimiento que deberán seguir las comunas en cada caso, a saber:
l. Conflicto vecinal: “Recibida una denuncia por queja vecinal u otra de carácter análogo, la persona o personas afectadas por los dichos serán invitadas a formular los descargos que estimaren corresponder, oportunidad en que el funcionario actuante exhortará a ambas partes a deponer sus actitudes para evitar hechos mayores”.
2. Choques vehiculares: “En los casos de colisiones de vehículos particulares, las constancias motivadas por la presentación de los conductores se labrarán en formularios (actas de choque) por triplicado: original en la oficina y una copia a los interesados. Si en la colisión intervienen más de dos vehículos, se utilizarán tantos formularios como copias resulten necesarias”.
3. Abandono del hogar por cónyuges y asuntos de familia: “Al exponer el cónyuge que ha hecho o hace abandono de hogar o asuntos de familia, el funcionario municipal citará al otro cónyuge y le hará saber en acta el contenido de la exposición”.
4. Accidentes sin víctimas: “Al ocurrir accidentes que no hayan producido víctimas, se les recibirá exposición a las personas afectadas sobre las manifestaciones que quisieran efectuar sobre el mismo”.

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Tasa municipal
El artículo octavo de la iniciativa parlamentaria elaborada por Seguridad dispone que la competencia otorgada a la autoridad municipal, lo es “sin perjuicio de la actuación judicial que en cada caso pudiera corresponder”. Aclara, además, que deberán adoptarse en todos los casos las prevenciones necesarias que cada hecho amerite.
El artículo noveno del proyecto establece asimismo que “por la actividad desarrollada (por los municipios) se abonará una tasa”. Esta “podrá ser pagada indistintamente por medio de sellos, estampillas fiscales, timbrados o depósitos en el Banco de la Provincia de Buenos Aires (BAPRO), de acuerdo con lo que disponga la autoridad municipal, constituyendo recursos comunales”.
Finalmente, se deja en claro que la implementación de la presente ley -una vez que sea aprobada por ambas cámaras de la Legislatura provincial- será coordinada e instrumentada por el ministerio de Gobierno bonaerense.

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