Licencia con goce de sueldo para el personal doméstico

La Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares indicó: ”En el marco del Covid-19, recuerden tener presente que, si se emplea a una persona trabajador/a del hogar, se es responsable, entre otras cosas, de garantizar su salud en el trabajo; de cuidarla/o”.
Y complementaron: “Según el artículo N° 35 de la ley 26.844, en caso de enfermedad infectocontagiosa de la empleada, del empleador o de algún integrante del grupo conviviente de cualquiera de las partes, que conforme acreditación médica, amerite el apartamiento temporario de la empleada o de su grupo conviviente a fin de evitar riesgos a la salud de los mismos o del empleador o de los integrantes de su grupo familiar”.

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