Quiénes y cuándo cobrarán el aumento de $ 4.000 para estatales

Esa medida abarca a los empleados de la administración pública federal, incluidas las fuerzas de seguridad.
El aumento alcanza solo a los empleados que cobran menos de $ 60.000 y es a cuenta de futuros acuerdos paritarios. Es remunerativo no bonificable. Se pagarán $ 3.000 que regirá sobre los salarios correspondientes al mes de febrero de 2020 y en marzo se le adicionará a dicho incremento $ 1.000 más. Como se cobra a mes vencido, recién a principios de marzo se hará efectivo este incremento.

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El aumento se aplica de manera generalizada a los empleados que trabajen en los siguientes estamentos:
a) Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social.
b) Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

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c) Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.
En el caso de las fuerzas armadas y de seguridad, es para los trabajadores en actividad y comprende:
- Personal con estado militar de gendarme en actividad y al comprendido en la categoría de personal de alumnos de la GENDARMERÍA NACIONAL.
- Personal con estado policial en actividad y personal de alumnos de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
- Personal en actividad de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.
- Personal con estado policial y al personal civil en actividad de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
- Personal de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
- Personal Militar en actividad de las FUERZAS ARMADAS.
- Personal en actividad de la POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES.
- Personal civil en actividad de INTELIGENCIA DE LAS FUERZAS ARMADAS.
- Personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL en actividad.

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