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PENSION RETROACTIVA

ESTO SALIO EN LA PAGINA DEL CECIM

Por Walter Castro

Ex combatientes de Malvinas podrán cobrar una pensión retroactiva a 1982

La Justicia reconoció el derecho de un grupo de ex combatientes de Malvinas, todos ex conscriptos clase 1962, a percibir retroactivamente al 2 de abril de 1982 pensiones y resarcimientos que desde entonces les habían sido negados, informaron hoy fuentes judiciales.

La Sala Uno de la Cámara en lo Contencioso Administrativo reconoció a los veteranos el “derecho a la percepción del beneficio instituido por la ley 22.674”, que otorga un “subsidio extraordinario a las personas que resultaren con una inutilización o disminución psicofísica permanente como consecuencia de su intervención en el reciente conflicto con el Reino Unido”.

En su fallo, los jueces Pedro Coviello y Néstor Buján recordaron que la norma extiende el “otorgamiento del beneficio a los deudos de personas fallecidas”.

Coviello y Bouján reconocieron también a los ex soldados “el derecho a percibir el haber indemnizatorio previsto en el artículo 78, inciso 3° de la ley 19.101 y sus modificatorias, y de percibir los haberes devengados con cinco años de anterioridad de la presentación del reclamo administrativo o de la demanda”.

El artículo 78 establece el pago mensual para “personal de alumnos y de conscriptos que, como consecuencia de actos del servicio, resultare disminuido para el trabajo en la vida civil”.

En el caso de los conscriptos ese monto será equivalente a “la totalidad del haber mensual y suplementos generales correspondientes al grado más bajo de jerarquía de suboficial, con dos años de servicios simples militares”.

Diario “La Nacion” - Politica

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