El Gobierno reglamentó la ley de etiquetado frontal

Esta ley también es conocida por los octógonos, que serán los encargados de alertar al consumidor. Las principales advertencias serán por exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, sodio y calorías.
Los objetivos de esta ley son garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada. Desde el Ministerio de Salud señalaron que la normativa brindará información nutricional comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas para resguardar los derechos. Por otra parte, destacaron que se busca prevenir la malnutrición en la población y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles.

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La ley establece que las bebidas y los alimentos procesados deberán tener octógonos negros de al menos un 5 % del tamaño de la cara principal del envase. Por otra parte, puede llevar más de un sello negro.
Esta ley alcanza a todas las personas, humanas o jurídicas, que fabriquen, produzcan, elaboren, fraccionen, envasen, encomienden envasar o fabricar, distribuyan, comercialicen, importen, pongan su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano en la República Argentina.
Cabe destacar que no están obligados a tener el sello de advertencia en la cara principal el azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y sal común de mesa.
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