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ANSES otorga un subsidio extraordinario de $180.000. ¿A quién le toca?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anuncia un beneficio único para ciertos grupos sociales, con criterios específicos y documentación necesaria.
12.03.2024 [+]

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) prosigue con su programa de pagos mensuales, incorporando un pago excepcional dirigido a un segmento demográfico particular.

Bajo el título de Asignaciones de Pago Único (APU), la ANSES ha anunciado la emisión de una suma única de $183.156 destinada a un conjunto específico de ciudadanos. Este subsidio está destinado a la Asignación Familiar por Adopción, y su distribución tendrá lugar entre el 7 de marzo y el 9 de abril, según el número de documento de los beneficiarios. Es crucial tener en cuenta que, para recibir este bono extraordinario, el ingreso total del grupo familiar no puede exceder los $2.154.806, mientras que el ingreso máximo permitido por individuo es de $1.077.403.

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Esta medida incluye a diversos grupos beneficiarios:

1. Trabajadores asalariados.
2. Individuos cubiertos por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
3. Trabajadores temporarios.
4. Trabajadores agrícolas.
5. Personas beneficiarias de la Prestación por Desempleo.
6. Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.
7. Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, Asignación por Hijo con Discapacidad o Asignación por Embarazo (para eventos ocurridos desde el 24 de enero de 2021).

ANSES ha establecido una serie de requisitos para acceder a este beneficio:

- En caso de nacimiento, el infante debe tener entre 2 meses y 2 años de edad.
- En el caso de adopción, el procedimiento debe llevarse a cabo dentro de los 2 meses y 2 años posteriores a la sentencia.
- Para aquellos que reciben la Asignación Universal por Hijo, Asignación por Hijo con Discapacidad o Asignación por Embarazo, deben haber tenido derecho a recibir alguna de estas asignaciones durante el mes del nacimiento o adopción.
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los límites máximos establecidos en el momento del nacimiento o de la sentencia de adopción.

Respecto a la documentación necesaria para acceder al beneficio, se requiere la presentación de:

- Documento Nacional de Identidad (DNI) de los padres.
- DNI del hijo.
- Partida de nacimiento del hijo.
- Sentencia de adopción.

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