MercedesYA
  • Ingresar
Ingresar
  • Instala la Aplicación
  • Home
  • Envianos tu Noticia
  • El Tiempo
  • Marketplace
  • Farmacias de Turno
  • Horoscopo Diario
  • Avisos Fúnebres
  • GuiaXpress

Inicio

Tu Noticia

GuiaXpress

BOT

Ley 23109-Beneficios para Veteranos de Guerra

Una de la tantas leyes que nos ampara juntamente con la constitucion de la provincia de Buenos Aires
11.08.2004 [+]

Constitución de la Nación Argentina

Disposiciones Transitorias
Primera. La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.

La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.

Puede Interesarte:

HDP salió a la calle y encontró una ciudad golpeada por la crisis

Constitución de la Provincia de Buenos Aires

Incorporado por la reforma de 1994.
Artículo Nº 36. (Derechos sociales).

10) DE LOS VETERANOS DE GUERRA: La Provincia adoptará políticas orientadas a la asistencia y protección de los veteranos de guerra facilitando el acceso a la salud, al trabajo y a una vivienda digna.

Ley Nº 23.109

Beneficios a ex-soldados conscriptos que hayan participado en acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2/4/82 y el 14/6/82.

Sanción: 29 setiembre 1984. - Promulgación: 23 octubre 1984 - Publicación: B.O. 1/11/84
PERSONAS COMPRENDIDAS

Artículo 1º.- Tendrán derecho a los beneficios que acuerda la presente Ley los ex-soldados conscriptos que han participado en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.

Artículo 2º.- Se efectuará una convocatoria nacional obligatoria para las personas mencionadas en el art. 1º, mediante cédula de llamada. La sola presentación de dicha cédula dará derecho al traslado gratuito y demás gastos que implique la movilización.
En el supuesto que se omitiere la citación, o que no llegare a destino, el interesado podrá trasladarse por sus propios medios; en este caso la fuerza respectiva se hará cargo de los gastos de traslado y estadía con los mismos alcances establecidos en el párrafo anterior. Podrá, asimismo, a su elección, solicitar la remisión de la cédula por telegrama, que será gratuito la que será enviada dentro del plazo de 72 hs. de recibido el telegrama.

Puede Interesarte:

Chocó, lo derivaron tarde y ahora teme perder la movilidad del brazo

SALUD

Artículo 3º.- Las juntas de Reconocimiento Médico que funcionan en las delegaciones sanitarias federales del Ministerio de Salud y Acción Social dictaminarán respecto de los casos que se presenten a su consideración, exista o no dictamen anterior de junta médica de las respectivas fuerzas. A tales efectos, podrán contratarse servicios de hospitales nacionales, provincias o municipales.
En caso que dichas instituciones carecieran de los elementos técnicos necesarios para la evaluación y determinación del diagnóstico, podrá efectuarse en entidades privadas.
El convocado podrá ser acompañado por un profesional médico cuando su caso sea sometido a la Junta de Reconocimiento Médico, a los efectos de fundamentar y defender su reclamo.
La presentación, debidamente firmada y sellada por la Junta de Reconocimiento Médico, será medio de justificación suficiente frente al empleador del convocado.

Artículo 4º.- Si la Junta dictaminare que el peticionante padece de secuelas psicofísicas derivadas de su participación en el conflicto, la fuerza en la que éste preste servicio deberá hacerse cargo de la atención médica y de todos los gastos que demande el completo restablecimiento del interesado, cuya alta deberá ser convalidada por la Junta de Reconocimiento Médico.

Articulo 5º.- La asistencia médica a la que se refiere el artículo anterior será proporcionada por el Instituto de Obra Social de cada una de las fuerzas, o por la que existiera en el domicilio del interesado. En caso que dichos institutos carecieran de la especialidades médicas requeridas, los servicios serán prestados por terceros a cargo de la respectiva fuerza. Dicha asistencia incluirá la provisión de prótesis, órtesis, servicios de rehabilitación y asistencia psicológica.

Puede Interesarte:

El peronismo recordó a Evita y buscó mostrar unidad en Mercedes

Artículo 6º.- Determinada la incapacidad por la Junta de Reconocimiento Médico, serán de aplicación las normas sobre pensiones establecidas en la Ley 19.101 y sus modificatorias.

Artículo 7º.- Las personas mencionadas en el art. 1º, pensionados en la Ley 19.101, quedarán incorporadas como beneficiarios de la obra social de la respectiva fuerza o del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados a su libre elección.

TRABAJO

Artículo 8º.- Las personas mencionadas en el art.1º tendrán prioridad para cubrir las vacantes que se produzcan en la Administración Pública (Organismos centralizados, descentralizados, empresas del Estado, Servicios de cuentas especiales, obras sociales del Estado y organismos autárquicos) y de todo otro organismo del Gobierno Nacional, siempre que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo.

Articulo 9º.- A los efectos de hacer valer la prioridad establecida en el artículo precedente, el peticionante deberá prestar ante el organismo correspondiente solicitud de empleo o notificar por carta documento su voluntad de incorporación.

Puede Interesarte:

Mercedes lanza su primer Salón Provincial de Artes Visuales con premios superiores al millón de pesos

Artículo 10º.- Establécese como autoridad de aplicación de los derechos establecidos en el presente capítulo al Ministerio de trabajo y Seguridad Social de la Nación y sus delegaciones.

VIVIENDA

Artículo 11º.- Las personas mencionadas en el art. 1º que carecieran de vivienda propia tendrán derecho de prioridad en igualdad de condiciones con el resto de los postulantes, en los diversos planes de vivienda que implemente el Banco Hipotecado Nacional, el Instituto Municipal de la Vivienda y el Fondo Nacional de la Vivienda.

EDUCACIÓN

Articulo 12º.- Las personas mencionadas en el art.1º que hubieren iniciado estudios de nivel primado, post. primario, secundado, terciado o de la formación profesional o que lo iniciaren con posterioridad a la promulgación de la presente Ley, tendrán derecho a una beca equivalente a un salario mínimo vital y móvil, mensual, más la asignación por escolaridad pertinente, conforme a lo dispuesto por la Ley 18.017 (t.o. 1974). Esta beca será incompatible con cualquier otro ingreso proveniente de actividad remunerada o prestación previsional, mientras duren sus estudios y el beneficiario cumpla con las condiciones que se establecen en el artículo siguiente.

Puede Interesarte:

El MAMM renueva sus salas con artistas locales y una apuesta al arte contemporáneo

Artículo 13º.- El beneficiario deberá acreditar, periódicamente, mediante certificación de la autoridad educativa competente, el cumplimiento de las siguientes condiciones: a) Conservación de la condición de alumno según las normas correspondientes al respectivo plan de estudios; b) Mantenimiento de dicha condición en años lectivos consecutivos, tanto entre cursos de un mismo nivel como el pasaje de un nivel al inmediato superior.

Artículo 14.- Cuando los estudios, mencionados en el art. 12º sean cursados en cualquier Instituto dependiente de la Superintendencia de Enseñanza Privada, el alumno tendrá derecho a cursar sin abonar matrícula, inscripción, ni ningún otro arancel.

RECURSOS

Artículo 15º.- Las erogaciones provenientes de la aplicación de la presente Ley serán solventadas con fondos de las partidas presupuestarias de las respectivas Fuerzas Armadas.

Articulo 16º.- Comuníquese, etc.

Ley 23.109.- Proyecto del senador Britos, considerado y aprobado con modificaciones por la Cámara de Senadores en la sesión del 28 de setiembre de 1984 (D. ses. Sen. 1984, ps. 2425 a 2430) y por la Cámara de Diputados en la sesión del 29130 de setiembre de 1984 (D. ses. Dip. 1984, ps. 5508 y 5509).

Te puede servir en GuiaXpress

traslados a buenos aires
aire acondicionado
preinstalaciones de aire acondicionado

Seguinos y no te pierdas de nada

Chocó, lo derivaron tarde y ahora teme perder la movilidad del brazo

El peronismo recordó a Evita y buscó mostrar unidad en Mercedes

HDP salió a la calle y encontró una ciudad golpeada por la crisis

“La Artigueña” llega a Mercedes con una historia de guerra, libertad y raíces afroindígenas

Insólito: las ramas que pidió sacar el Municipio terminaron en una infracción

Mercedes lanza su primer Salón Provincial de Artes Visuales con premios superiores al millón de pesos

Video 1 Video 2 Video 3 Video 4

Más Noticias

El MAMM renueva sus salas con artistas locales y una apuesta al arte contemporáneo

La interna radical se encamina a una disputa electoral tras fracasar la unidad

Diego Cabot: el periodismo y el derecho a proteger las fuentes quedaron en el centro de la causa Cuadernos

ALERTA NARANJA POR TORMENTAS: ya llegan fuertes lluvias, ráfagas y actividad eléctrica en Mercedes

Lo detectaron en Mercedes y cayó en Quilmes: así capturaron a un prófugo con el anillo digital

Cayó el segundo acusado por las entraderas que golpearon a adultos mayores en Mercedes

El Club Holanda estrenó cancha y ya juega otro partido en Mercedes

De Mercedes al circo: la artista que quiere colgarse de los dientes y hacer historia

Nueva muestra sobre el Arroyo Balta: el museo Ameghino invita a recorrer la historia natural de la reserva

Domingo a pura emergencia: el sistema de respuesta local funcionó a pleno durante toda la jornada

Música por la Identidad vuelve a La Trocha con una peña en un año atravesado por la memoria

Cayó tras una saga de entraderas violentas contra adultos mayores en Mercedes

Cayeron por una cámara: así desarmaron la banda de entraderas que golpeó a jubilados en Mercedes

ExpoSuipacha vuelve con todo: cinco días que muestran el pulso del campo en la región

Una muerte absurda que sacude a Mercedes: investigan el disparo que terminó con la vida de una adolescente

Julia Lembo: ¿quién es la nueva directora del hospital Dubarry?

Estado, vecinos y ambiente: el municipio busca sostener una apuesta que necesita compromiso de todos

1° de mayo: más de 300 trabajadores locales ya usan GuiaXpress para hacerse visibles en la ciudad

Nos gustaría enviarte las últimas novedades.