La Corte Suprema finalmente declaró inconstitucional prohibir la pirotecnia
Lo habíamos adelantado días pasados, pero ahora se confirmó. La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró inconstitucional la Ordenanza N° 220/15 de la Municipalidad de General Alvarado (Miramar) que prohibía la pirotecnia en el partido. El fallo, a favor de la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA), fija las costas del juicio a cargo del Municipio.
Exactamente lo mismo ocurrirá en las comunas que lucharon por la pirotecnia cero, como el caso de Mercedes, donde hubo cruces legales con CAEFA que visto este fallo, pretenderá un resarcimiento si es que comprueba haber sido afectada por las medidas.
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Mercedes paulatinamente se fue adaptando a la medida. Nunca cayó mal la medida que se propuso hace dos años atrás, aunque claro que para llegar a “cero” no se logra de un día para otro, pero el hecho de tomar conciencia, más allá de la normativa vigente, comenzó a que el plan resultara exitoso.
Quizá ahora, con esta medida que no prohíbe la pirotecnia, será una cuestión netamente de conciencia de la gente, sobre lo que quiere al respecto sobre su uso.
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