La Corte Suprema de Justicia declaró hoy inconstitucional el corralito

Final corralito, por cinco votos a favor, uno concurrente y tres en contra, al considerar que el decreto 1570/01 y los sucesivos fueron un “aniquilamiento a los derechos de propiedad”.
El máximo tribunal “confirmó la sentencia que había ordenado la devolución de un depósito a plazo fijo y declaró que las restricciones importaban una violación a los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional, porque desconocían el derecho de las personas a disponer libremente de su patrimonio”, según un comunicado oficial de la Corte.
“Al decidir de este modo el tribunal invalidó así en su totalidad las sucesivas disposiciones dictadas a partir del decreto 1570/01, que impedían disponer íntegramente de los ahorros e inversiones”.
El decreto y sus sucesivas modificaciones fueron calificados de “irrazonable, ya que no importaba una simple limitación a la propiedad sino su aniquilamiento”.

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