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El Tribunal de Cuentas apuntó contra Ustarroz por contrataciones irregulares y mal uso del fondo educativo

El organismo provincial aprobó las cuentas 2023 del municipio, pero formuló cargos por más de 10 millones de pesos. Aparecen pagos sin documentación, contrataciones reiteradas por fuera del marco legal y un manejo cuestionado de los fondos destinados a escuelas. Las observaciones recaen sobre el intendente y parte de su gabinete.
07.05.2025 [+]

Aunque las cuentas municipales del ejercicio 2023 fueron aprobadas en términos generales, el fallo del Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires no escatimó en reparos críticos a la administración encabezada por el intendente Juan Ignacio Ustarroz. En un documento extenso que supera las 270 fojas, el órgano de control detectó irregularidades en contrataciones, subsidios, licitaciones y en la utilización del Fondo Educativo, además de advertir sobre documentos faltantes o incompletos que comprometen la trazabilidad de varios gastos.

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Una de las observaciones más contundentes tiene que ver con la compra de 195 cochecitos mediante la Licitación Privada Nº 13/2023, financiada con recursos nacionales del programa Abrazar Argentina. La compra, adjudicada por decreto N° 478 al proveedor Claudio Rubén Brovelli por $4.652.700, fue pagada con la Orden de Pago Nº 5966 del 12 de mayo de 2023. Sin embargo, el Tribunal determinó que no se presentaron las constancias de recepción de los bienes por parte de los beneficiarios, ni planillas firmadas por funcionarios responsables del área social. Por esta omisión, formuló un cargo por el monto total más intereses —$5.618.294,58— lo que elevó el total exigido a $10.270.994,58. Los responsables solidarios del perjuicio al erario, según el fallo, son Ustarroz, el contador municipal Fernando Roldán y la secretaria de Desarrollo de la Comunidad, Jorgelina Silva.

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El dictamen también objetó el uso de los $428.607.105,69 recibidos en concepto de Fondo Educativo. La ley exige que al menos el 40% se destine a obras o mejoras edilicias en establecimientos escolares. No obstante, la documentación presentada por el municipio solo acredita un gasto de $2.498.359,09 en infraestructura, muy por debajo del mínimo requerido de $111.404.531,53. Si bien se detallaron licitaciones y proyectos, muchos de ellos fueron archivados y no ejecutados, lo que llevó al Tribunal a dejar el tema en suspenso, requiriendo nuevas pruebas para determinar si el destino de los fondos fue el correcto.

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Las contrataciones directas reiteradas bajo la figura de “locaciones de servicio” constituyen otro foco de crítica. El informe pone como ejemplo la contratación de Emanuel Agustín Costesqui, abogado, quien prestó servicios para la Dirección de Asuntos Legales durante todo el año. Percibió $2.442.240 a lo largo de 2023, superando ampliamente los límites para contratación directa. El Tribunal advirtió la falta de justificación técnica y de la orden de pago Nº 4101, cuya ausencia se señaló desde el acta Nº 66. Solo en una instancia posterior fue entregada, pero sin la documentación de respaldo exigida.

Otro caso similar es el de Antonela Fucci, psicóloga contratada para trabajar en la Casa de la Mujer Juana Azurduy. Aunque se aportó documentación parcial, el informe remarca que la prestación de tareas permanentes por una suma total de $2.170.666 durante el año constituye una forma irregular de contratación. El mismo criterio se aplicó a Luis Isaías Taborda, técnico maestro mayor de obras (cobró $2.015.640), y a las arquitectas María Paula Giardelli ($2.565.360) y María Florencia Bernardez ($360.000), todas observadas por desempeñar funciones continuas sin encuadre en una locación de obra.

En cada uno de estos casos, el Tribunal subraya que no basta con los contratos firmados o las certificaciones de servicio aportadas por las áreas correspondientes. La falta de excusaciones técnicas (es decir, la constancia de que no se contaba con personal de planta para realizar esas tareas) y de documentación respaldatoria completa —como las órdenes de pago con todos sus anexos— impide verificar la legalidad de los egresos. Estas omisiones, además, dan lugar a una presunción de perjuicio económico al Estado, conforme a los artículos 241 y 244 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

El caso de Liz Anabell Wietig, enfermera que prestó servicios para el SAME, también figura entre los señalados. Percibió $2.048.540 a lo largo del año, y si bien se presentó documentación sobre el mes de enero, el resto de las certificaciones de guardias no fueron aportadas. La administración alegó dificultades estructurales para cubrir los turnos, pero el Tribunal insistió en que debió cumplirse con las formas previstas, especialmente cuando los montos exceden el tope para contrataciones directas.

A lo largo del expediente, la División Relatora dejó constancia de folios incompletos, documentos sin firma, órdenes de pago sin anexos, y certificaciones ausentes. En algunos casos, como el del Fondo Educativo, se mencionan informes que carecen de rúbricas o fueron presentados fuera de plazo, lo que impide cerrar el análisis.

Pese a todas estas advertencias, el Tribunal aprobó las cuentas con la salvedad de mantener reservas en ciertos puntos y formular cargos específicos. La responsabilidad administrativa y patrimonial se extendió más allá del jefe comunal, incluyendo a la contadora interina Juliana Zunino, al jefe de compras Guillermo Fernández, a la secretaria de Gobierno María Clara Zunino y otros funcionarios que firmaron o avalaron los pagos observados.

El dictamen final deja abierta la posibilidad de revisión en el próximo análisis anual y deja claro que, de no completarse la documentación faltante, se podrían promover nuevas acciones. Por ahora, los funcionarios involucrados deben rendir cuentas no solo por el destino de los fondos, sino también por las formas con que se manejaron.

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