Veda electoral: ya no se pueden hacer lanzamientos de obras y programas

La restricción, que se toma 25 días antes de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, no impide que los partidos de gobierno y quienes encarnan sus candidaturas realicen actividades proselitistas. Sólo cancela la realización de inauguraciones y lanzamientos de obras y programas, por ejemplo, explicó APF.
La veda está contenida en el Código Electoral Nacional (CEN), que indica: “Durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos ni de las agrupaciones políticas por las que compiten”.
El CEN establece también que los funcionarios públicos que autoricen o consientan la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición podrán ser inhabilitados de uno a 10 años para el ejercicio de cargos públicos.

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