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Se habilitó la página de internet para pasar de una AFJP al Estado

Hasta diciembre se podrá iniciar el trámite. Un completo informe sobre cómo concretar el cambio a la jubilación estatal.

Por Equipo de Redacción MercedesYA

Los trabajadores interesados en que sus aportes jubilatorios se depositen en el Estado podrán realizar, hasta el 31 de diciembre, un trámite que empieza en internet (www.opcionjubilatoria.gov.ar), con el llenado de un formulario, y culmina en el Correo Argentino.
El traspaso no es obligatorio y deben realizarlo sólo los que quieran pasar de una AFJP a la Anses. Los que ingresan por primera vez al mercado laboral ya pueden decidir entre el sistema público y el privado.
A partir de este mes, rige el tope de las comisiones del 1% a las AFJP (antes era, en promedio, del 4%), así como también el cambio en la base imponible del aporte personal, de $ 4.800 a $ 6.000, y la distribución de los indecisos al régimen publico, tal como lo establece la ley.
La salvedad, según se desprende del decreto 213/2007 reglamentario de la ley, es en el caso de los hombres mayores de 55 y de las mujeres mayores de 50 años con menos de $ 20.000 en sus cuentas de capitalización, que en ese caso tendrán 90 días para decidir su situación.
Respecto del nuevo sistema de seguro de invalidez y fallecimiento, así como del efecto de la elección, se fijo como fecha de inicio operativo, el 1 de enero de 2008, a los efectos de que ya estén unificados los montos de aporte personal de los dos subsistemas.
La modificación de la forma de cálculo de la jubilación estatal, de acuerdo a la nueva regla fijada por la ley sancionada días pasados, regirá a partir del 1 de julio de este año. Uno de los artículos del decreto reglamentario aclara que los trabajadores que se incorporen al mercado laboral desde el próximo 28 de mayo, deberán aportar el 11% de sus haberes, opten por una AFJP o por el sistema estatal de jubilación. La reglamentación también puntualiza queel tope salarial para los aportes previsonales sube de $ 4.800 a $ 6.000.
Por única vez, en esta ocasión no habrá límite de edad para pasar de una AFJP al Estado. Pero sólo por este período de 180 días, entre el 12 de abril y el 31 de diciembre. Dentro de cinco años, cuando vuelva a abrirse la opción, no podrán pasar las mujeres que ya hayan cumplido 50 años y los hombres que tengan 55. La ley que votó el Congreso de la Nación no lo contemplaba, pero el decreto reglamentario sí lo estipuló.
Todos estos cambios se habilitaron a partir de la sanción de la Ley 26.222, aprobada el 27 de febrero pasado por el Congreso de la Nación. La norma surgió a partir de un proyecto del Poder Ejecutivo Nacional y apunta, principalmente, a levantar la prohibición de los trabajadores de poder optar por el sistema de reparto. Actualmente, los trabajadores nuevos ingresan directamente a una AFJP, sin la posibilidad de elegir el régimen estatal de jubilación.

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