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PRESUPUESTO 2002: EL EJECUTIVO DICE NO SORPRENDERSE POR EL DESCONOCIMIENTO DEL HCD

El lunes último se conoció oficialmente el veto del Intendente que adelantó PROTAGONISTAS. En los fundamentos, el decreto firmado por Gioscio, asegura que se objetan 23 de 34 artículos. Los informes aportados por las áreas que examinaron las modifica

Por Semanario Protagonistas
PRESUPUESTO 2002: EL EJECUTIVO DICE NO SORPRENDERSE POR EL DESCONOCIMIENTO DEL HCD

Dr. Juan Manuel Torres (Presidente bloque UCR)

Tal como lo anticipara este medio en exclusiva, el veto del Intendente Municipal finalmente fue total para la ordenanza que define el presupuesto del presente período. Tras los informes de las Secretarías y áreas municipales que intervinieron en el tema, y con las firmas del Intendente Julio Gioscio y la Secretaria de Gobierno, Dra. Sara Zunino de Saab, se hizo público el texto del decreto que vetaba las modificaciones realizadas por el Concejo. Antes de hacerlo conocer por los medios, y dada la complejidad técnica de algunas apreciaciones, se creyó conveniente hacer entrega de un informe de prensa que se limitaba a consideraciones específicas sobre lo analizado.

Siete puntos comprendían este comunicado, y en tono de sorna, refiriéndose a los concejales de Liga Federal, un allegado a la comuna dijo al pasar, “son siete puntos, uno por concejal”.
Los ejes centrales del veto total, pasaban por haber votado en cálculo de recursos y presupuestos de gastos, antes de haber tratado la ordenanza fiscal general e impositiva, tal como lo marca la Ley Orgánica de las Municipalidades. En segundo término hacen saber que existen observaciones técnicas, contables y jurídicas en 23 artículos sobre un total de 34, lo que significa un 67,65 % del total. “Esto desnaturaliza el espíritu general de la norma y hace inviable su aplicación, por cuanto los artículos que no fueron objetados, quedarían desarticulados entre sí”, expresa lo informado a los medios.

El tercer concepto habla de la eliminación de artículos elevados por el Departamento Ejecutivo, cuyo sustento jurídico está respaldado por normas provinciales, “vulnerando ello el conocido principio de que una norma de jerarquía inferior (ordenanza), no puede sustituir una norma de jerarquía superior”. Los funcionarios actuantes han entendido también que existe en las modificaciones, una invasión de atribuciones exclusivas del Departamento Ejecutivo determinadas en la ley orgánica de las Municipalidades, provocando la nulidad de tal acto. Otros puntos salientes hablan de la vulneración a la carrera del empleado municipal, garantizada por la ley provincial, inestabilidad e incertidumbre laboral en empleados municipales jornalizados, entre otros informes y observaciones particulares.

CONCEPTOS
El veto tiene fundamentos extensos, y en varios pasajes intenta revelar cierto desconocimiento del HCD, resaltando situaciones inéditas producto de la nueva conformación que tiene el cuerpo. En principio se desentiende de la demora, alegando que el Ejecutivo subió el presupuesto en octubre, como marca la ley, y recién en mayo le está siendo devuelto. En reiteradas ocasiones han dicho los ediles, que esto se hizo de común acuerdo entre ambos poderes. En relación a haberle dado tratamiento primero a esta ordenanza, antes que a la fiscal e impositiva, aseguran que se da un caso inédito para la municipalidad, y asegura que tal acontecimiento se traduce en una falta de previsión o descuido que rompe el equilibrio natural entre ambos instrumentos. “Resulta inatendible, que no se determinen los deberes y obligaciones de los contribuyentes que a posteriori generarían los recursos necesarios para hacer frente a los gastos”, puede leerse.

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Agrega que al no contemplarse dentro de la ordenanza el mes de mayo, que ya estaba casi perdido, se produce una forma inusual de confeccionar un presupuesto y deja desarticulados 23 de 34 artículos. Entienden que como está redactada la norma, de prosperar o insistirse, debería obligarse a algunos agentes a devolver los ítems del sueldo que fueron eliminados, tal el caso de la antigüedad o el título. “Que este pretendido avasallamiento a los derechos individuales y en fin de garantías constitucionales, no resulta sorprendente, ya que en estos últimos tiempos resulta sistemático el desconocimiento por parte del Honorable cuerpo, de normas de jerarquía superior, ya sea de rango constitucional, nacional o provincial”, añade con dureza la consideración del Ejecutivo. Las seis carillas que componen el fundamento concluyen en que el Intendente, en uso de sus facultades legales, veta la ordenanza 5351/02.

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