MercedesYA

caidim

Los trabajadores con discapacidad de los Talleres Protegidos ya pueden iniciar su trámite jubilatorio

Con 25 años de Trayectoria , la FETAP, en forma conjunta con los organismos de aplicación del Estado, trabajó para generar el Marco Legal que encuadra a los Talleres Protegidos en el Régimen Federal de Empleo Protegido, Ley N 26816 , hoy es realidad el derechos a Jubilarse de sus Trabajadoras/es

Por Equipo de Redacción MercedesYA
Los trabajadores con discapacidad de los Talleres Protegidos ya pueden iniciar su trámite jubilatorio

Desde CAIDIM celebran este logro que ha conseguido la Federación de Talleres Protegidos de Buenos Aires para todos los y las trabajadores/as de los talleres que ahora podrán iniciar el trámite jubilatorio.

El Régimen Federal de Empleo Protegido, Ley N 26816 , hoy es realidad el derecho a Jubilarse de sus Trabajadoras/es de los Talleres Protegidos. Según la Ley 26.816 para acceder a dicha prestación se requieren VEINTE (20) años de
servicios y CUARENTA Y CINCO (45) años de edad. Por su parte en la Resolución MTEySS N° 792/21 se establece los criterios para acceder con los años mínimos requeridos DIEZ (10 años).

Quienes acceden a la jubilación obtendrán una prestación básica universal que es compatible con su pensión por discapacidad y la pensión derivada de sus padres siempre que no supere la sumatoria de tres jubilaciones mínimas y podrán seguir (aquellos que quieran ) trabajando en el taller.

caidim
Seguinos en
También podría interesarte
José Luis Pisano contesta las críticas vertidas por la edil Débora Lacasa sobre gestión en educación desde el Consejo EscolarComo conseguir las tablets gratis para monotributistas y jóvenes de 15 y 25 años
Aniversario de la ciudad con presentación del nuevo Tren TurísticoAltamira: uno de los 33 puntos turísticos de la provincia
Menu

Ingresar

¿No estás registrado?

Registrate

Conectate con nosotros

FacebookInstagramTwitterYouTube