La provincia exime del impuesto inmobiliario a productores afectados por temporales

La administración provincial publicó este viernes en el Boletín Oficial un decreto que establece la exención del Impuesto Inmobiliario Rural para productores agropecuarios afectados por fenómenos climáticos adversos en distintas regiones de Buenos Aires. La medida, amparada en la Ley 10.390, contempla a propietarios rurales de Balcarce, Bragado, Bolívar, Saladillo, 9 de Julio y 25 de Mayo.
Para el caso específico de Balcarce, el beneficio se aplicará a los productores que sufrieron daños por vientos huracanados y precipitaciones intensas durante el período comprendido entre el 22 de diciembre de 2023 y el 30 de abril de 2024. En tanto, para los municipios de Bragado, Bolívar, Saladillo, 9 de Julio y 25 de Mayo, la exención abarcará el período entre el 19 de marzo y el 19 de septiembre de 2024, como consecuencia de los temporales y vientos extremos registrados en esa región.

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La normativa especifica que el beneficio fiscal será otorgado exclusivamente a campos cuya actividad principal sea la explotación agropecuaria. El alcance de la exención se determinará en proporción directa al porcentaje de afectación que hayan sufrido las propiedades por los fenómenos meteorológicos mencionados.
Esta iniciativa del gobierno provincial representa una medida de alivio económico para el sector rural, particularmente afectado por las inclemencias climáticas que han impactado significativamente en la producción agropecuaria de estas localidades bonaerenses.

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