La Corte Suprema declara inconstitucional la prisión perpetua

En una decisión histórica, la Corte Suprema de Justicia de Argentina declaró la inconstitucionalidad de la prisión perpetua, un fallo que pone de relieve el derecho a la esperanza y la posibilidad de reinserción social para quienes cumplen largas penas. La resolución, basada en el artículo 18 de la Constitución Nacional, reafirma que el objetivo principal de las penas es la reeducación y rehabilitación de los detenidos.
El especialista en derecho penal Luis Armesto explicó que la prisión perpetua, tal como estaba contemplada, socava las posibilidades de resocialización, uno de los principios fundamentales del sistema penitenciario. “Esta pena extrema afecta el derecho a la reintegración del condenado en la sociedad”, sostuvo en declaraciones a Cadena 3.

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La Corte confirmó la resolución previamente dictada por la Cámara de Casación, rechazando un planteo del Ministerio Público Fiscal. En este contexto, el tribunal declaró inconstitucional el artículo 14, inciso primero, del Código Penal, que establece la prisión perpetua sin opción a revisión. Esta decisión abre la posibilidad de que, tras 35 años de reclusión, los condenados puedan solicitar libertad condicional.
Armesto subrayó que el fallo podría implicar un retorno a un régimen más humanitario, que permita evaluar cada caso según el comportamiento del reo y otros factores, en lugar de imponer penas sin término fijo. “En la práctica, cumplir más de 35 años de cárcel ya es algo excepcional”, explicó el experto, destacando que la normativa actual carece de flexibilidad para casos que podrían beneficiarse de un enfoque distinto.

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El fallo de la Corte marca un cambio de paradigma en la interpretación de las penas en Argentina. Al priorizar la posibilidad de rehabilitación, pone en el centro del debate el rol del sistema penal en la construcción de una sociedad más inclusiva, donde incluso quienes han cometido graves delitos puedan aspirar a una segunda oportunidad.
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