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El Intendente Carlos Selva deberá decidir clausura a Merplac

El Juzgado Correccional Nª 2, declaró parcialmente la nulidad de lo actuado en el caso de la clausura de Merplac por parte del municipio de Mercedes. Con este fallo, Carlos Selva deberá decidir la suerte de la empresa, ya que deberá actuar como juez subrogante de Faltas.
04.01.2005 [+]

La confirmación de la clausura municipal por parte de la jueza de Faltas, Lucrecia Morao, concretada hace algunas semanas fue apelada por la empresa Merplac y el trámite judicial se siguió en el Juzgado Correccional Nº 2. Hasta allí fue el escrito elaborado por el letrado de la empresa, Roberto Luis Révora, quien pidió al Tribunal que declare la nulidad de lo actuado por el Juzgado de Faltas en el expediente de la clausura.
Cuatro fueron los puntos a los que hizo referencia la defensa de los empresarios, pero el juez Daniel Vila dio lugar a solo un reclamo de parte de los empresarios, en tanto que avaló lo actuado por la jueza en los otros tres puntos.
Merplac pedía la nulidad de lo actuado en tres puntos haciendo referencia a que no se había actuado de manera más óptima en el trámite de la clausura. Estimaban que en el acta no figuraban con nombres y apellidos los funcionarios y testigos que actuaron en la clausura. También aseguraban que se hacía referencia a un artículo que no estaba en el escrito de la clausura.
El tercer cuestionamiento tenía que ver con la necesidad de que se declare la prescripción de la acción, “por la antigüedad en el funcionamiento de más de diez años de la empresa”. Y el cuarto punto daba cuenta de la presentación de una prueba que no fue receptada por la jueza de Faltas y que hablaba de un trámite iniciado en la provincia de Buenos Aires con respecto a la habilitación.
El fallo de Vila
El juez del Correccional entendió que en los tres primeros reclamos la actuación de la jueza de Faltas había sido correcta y que la clausura impuesta en forma preventiva estaba bien realizada, ya que entendía que los motivos eran suficientes. “Fallo rechazando los planteos de nulidad por no advertir violación alguna de elementos esenciales que, de omitirse, puedan lesionar principios constitucionales básicos...”.
Sobre el segundo planteo realizado por Révora, el juez también rechazó el planteo de nulidad: “...la infracción por la que fuera condenada la empresa se encuentra tipificada en el artículo 122 de la ordenanza de mención, modificada por ordenanza 5650/03”. En el tercer punto también falló a favor del municipio sosteniendo que no existe prescripción en la causa, pero en el cuarto punto es donde surgieron los inconvenientes.
Este cuestionamiento realizado por los letrados de la empresa Merplac hizo que el juez declarara nula la sentencia por considerar “que fue violatorio de la defensa en juicio, sin costas, y devolver estos actuados al juzgado de origen para el dictado -por medio del juez hábil- de un nuevo pronunciamiento válido”. Es decir que anuló la sentencia definitiva impuesta por la empresa, con lo cual la firma aún permanecerá inhabilitada para funcionar en forma preventiva.
Selva deberá decidir
La sentencia de Vila deja en claro que se debe volver a actuar sobre esta causa y como la jueza de Faltas no lo podrá realizar por haber fallado una vez, el que tendrá que hacerlo es el intendente Carlos Selva, en calidad de juez subrogante.
Ya existe un antecedente también en un tema ambiental como fue el caso de resonancia mediática de Combustibles Argentinos, donde sucedió un hecho similar y el por entonces intendente, Julio Gioscio, tuvo que fallar como juez subrogante. En aquella oportunidad, Gioscio ratificó la clausura y la empresa fraccionadora de combustibles dejó de funcionar en Mercedes.
Selva deberá decidir qué hace con esta situación planteada y tendrá 15 días hábiles para realizarlo. Las reuniones para decidir el futuro de la actuación ya comenzaron y se espera que en los próximos días haya un pronunciamiento oficial sobre esta cuestión, y las opciones son dos: o ratifican la clausura de Merplac o le dan vía libre para seguir trabajando.

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