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El abuso sexual infantil ahora es de instancia pública y ya no se necesita la denuncia del tutor legal para actuar.

El Senado de la Nación aprobó la semana pasada por unanimidad el proyecto de ley que modifica el artículo 72 del Código Penal. De esta manera, se estableció que los delitos de abuso sexual a niñas y niños sean de instancia pública, sin necesidad de que los padres ratifiquen la denuncia.
16.10.2018 [+]

Gracias a esta nueva normativa, el abuso sexual infantil pasa a ser un delito de acción pública dependiente de instancia pública. La ley habilita a que cualquier persona pueda denunciar un caso de abuso de un menor de 18 años.

Hasta ahora la Justicia sólo actuaba ante las denuncias si había una ratificación del responsable parental, pero ahora cada niño o niña puede contar su verdad y esa persona que se entera puede hacer la denuncia y a partir de ello proteger al menor.

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Se considera abuso sexual a cualquier tocamiento, que tenga como finalidad disminuir o atacar la integridad sexual de una persona. En el caso de los niños se agrava más porque están en un proceso de desarrollo.

El delito de abuso sexual implica el abuso contra la integridad sexual de una persona. La violación es una figura agravada dentro del abuso en el cual se habla de la penetración de cualquier vía. Por eso se habla en algunos caso de abuso sexual con acceso carnal.

Antes de esta nueva norma solamente la víctima o sus representantes legales podían hacer la denuncia para que a partir de allí se realice la investigación, pero ahora con la modificación del artículo 72, el Estado puede instruir de oficio y no se necesita la denuncia de algún tutor legal.

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