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Diputados aprobó penalizar los delitos informáticos

La Cámara baja dio luz verde por unanimidad a una modificación al Código Penal que fija castigos para los delitos, como la violación del correo electrónico, el robo de datos o difusión de pornografía infantil a través de Internet
13.10.2006 [+]

La votación en general demostró que los 150 presentes se expresaron a favor. Como la reforma modifica nueve artículos cardinales del Código Penal, los diputados resolvieron dejar para la próxima sesión la discusión en particular del proyecto con el objetivo de analizar retoques de último momento.
“Como ayer ocurrió con el telégrafo y después con el teléfono, ahora comenzamos a legislar sobre las nuevas tecnologías de la red”, emparentó el titular de la comisión de Comunicaciones e Informática, Osvaldo Nemirovsci (Frente para la Victoria).
Ante los temores de las agrupaciones defensoras de la libre circulación a través de Internet, Nemirovsci aseguró que las nuevas penas se habían definido “sin perder de vista la idea de libertad” que debe gobernar en la red.
La elaboración de la reforma, que conjugó 13 proyectos diferentes, cobró un impulso determinante cuando en marzo pasado un grupo de periodistas denunció que se había vulnerado la privacidad de su correo electrónico.
“Sin importar el soporte técnico a través del cual se transmita el mensaje, el derecho a la privacidad de la correspondencia debe ser resguardado”, enfatizó Delia Bisutti, del ARI.
La tarea de los diputados, en esencia, buscó equiparar los garantías previstas en el Código Penal para la correspondencia epistolar con la violación de los datos informáticos.
Pero en su proceso de producción, el proyecto incluyó también castigos para la difusión de pornografía infantil a través de la red. La presidente de la comisión de Legislación Penal, Rosario Romero (Frente para la Victoria), apuntó que los cambios incluso contemplaron un aspecto inédito en el Código, como era el castigo a quienes representaran con dibujos o animaciones escenas de sexo con menores.
Los cambios en materia de pornografía proponen reprimir con prisión de uno a cuatro años a quien produzca, facilite, divulgue, financie, comercie o publique por cualquier medio la imagen de un menor de 18 años en actividades sexuales explícitas, reales o simuladas.
A su vez, el castigo será de un mes a un año de prisión para quien suministre material pornográfico a menores de catorce años.
En el capítulo referido a los delitos contra la privacidad, el proyecto propone reprimir con prisión de 15 días a seis meses a quien “abra indebidamente” un correo electrónico y castiga a quien “sin la debida autorización” ingrese a un sistema informático de carácter privado o de carácter público de acceso restringido.
También se incorpora en el delito de fraude los daños patrimoniales causados mediante el ingreso por la red de datos falsos, su alteración, obtención ilícita o supresión de información verdadera.

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