Adiós a los sobrecostos: Gobierno prohíbe tasas municipales en facturas de servicios básicos

A partir de este lunes, entra en vigor una disposición gubernamental que prohíbe la inclusión de impuestos y tasas municipales en las facturas de servicios públicos en Argentina. Esta medida, impulsada por la administración de Javier Milei, ha desatado un intenso debate y generado fricciones significativas con los jefes comunales, especialmente en el conurbano bonaerense.
La iniciativa, emanada de la Secretaría de Industria y Comercio, veta a las empresas proveedoras de electricidad, agua y gas la incorporación de gravámenes locales en sus boletas. Sin embargo, la aplicación de esta normativa no es uniforme en todo el territorio nacional. Mientras la mayoría de las jurisdicciones deberán acatar esta disposición, algunos municipios han logrado exenciones temporales. Pilar, por ejemplo, cuenta con una medida cautelar firme, mientras que otras localidades como Moreno, Tigre, Escobar y La Rioja aguardan resoluciones judiciales al respecto.

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La medida ha sido recibida con beneplácito por los usuarios, ya que elimina cargos adicionales que frecuentemente no correspondían a los servicios contratados. Diversas organizaciones de consumidores han respaldado la iniciativa, calificándola como un paso necesario para poner fin a lo que consideran cobros injustificados.
Para garantizar el cumplimiento de la nueva normativa, se ha habilitado un canal de denuncias vía correo electrónico (denunciatufactura@comercio.gob.ar), donde los consumidores pueden reportar facturas que no se ajusten a la disposición. Esta herramienta busca facilitar la fiscalización y promover la adaptación de las empresas a los nuevos requisitos de facturación.

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La resolución 267/24, publicada en septiembre, otorgó a las compañías un plazo de 30 días para adecuar sus sistemas de facturación. Cumplido este período, las empresas deben limitarse a facturar exclusivamente los servicios esenciales contratados, sin incluir cargos adicionales no relacionados.
El fundamento legal de esta medida se basa en disposiciones preexistentes, como el artículo 4 de la Ley Nº 24.240, que obliga a los proveedores a suministrar información clara y detallada sobre sus servicios. Además, se apoya en el artículo 8 bis, que exige un trato equitativo para los consumidores. El incumplimiento de estas normas puede acarrear sanciones que van desde sumarios administrativos hasta multas significativas.

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No obstante, la implementación de esta prohibición ha exacerbado las tensiones entre el gobierno nacional y los intendentes de diversas localidades. Los jefes comunales argumentan que esta medida amenaza con desfinanciar a los municipios, comprometiendo la prestación de servicios locales esenciales, especialmente en un contexto de crisis económica.
Por su parte, el gobierno de Milei defiende la iniciativa como un paso hacia la transparencia en los costos de los servicios públicos y como parte de un esfuerzo más amplio para reducir la intervención estatal y aumentar el poder adquisitivo de los ciudadanos.

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