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El Gobierno estableció por decreto el cupo laboral trans: será del 1% en el Estado

Es una demanda histórica. Habrá reservas de puestos de trabajo que deberán ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero.
04.09.2020 [+]

El Gobierno nacional estableció que el sector público deberá contar con un 1% de representación trans, travesti y transgénero, a través del decreto 721/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

Si bien había varios proyectos al respecto discutiéndose en la Cámara de Diputados -la mayoría del oficialismo-, el Ejecutivo se adelantó y la medida fue anunciada este viernes en el Boletín Oficial. Se trata de una demanda histórica de los colectivos de las diversidades sexuales.

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“Existe en nuestra sociedad un patrón sistemático de desigualdad que somete particularmente a las personas travestis, transexuales y transgénero a una cadena de exclusiones y discriminación que muchas veces se inicia en la niñez”, sostuvo la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

“Desde el Estado tenemos la obligación de generar las condiciones para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y la igualdad de oportunidades. El Cupo Laboral Trans es un paso importante en ese camino”, amplió.

De acuerdo con esta medida, los cargos de personal en el Estado, en cualquiera de las modalidades de contratación, deberán ser ocupados “en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de los mismos” por personas travestis, transexuales o transgéneros, sin importar si realizaron o no la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen en su DNI.

En su tercer artículo, el documento especificó que regirá también un principio de “no discriminación” a partir del cual se remarcó que estas trabajadoras y trabajadores tienen derecho a la “protección contra el desempleo”, por lo que “no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan” su acceso al mundo laboral.

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Por esta razón, “el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo”, por lo que para garantizar la igualdad real de oportunidades, la normativa establece mecanismos para que las personas aspirantes a los puestos de trabajo puedan completar sus estudios, en los casos que los tengan incompletos, de modo de cumplir con la normativa vigente en el empleo público en materia de formación educativa obligatoria.

Asimismo, “se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente” por personas travestis, trans y transexuales y, al mismo tiempo, se guardarán “las vacantes que se produzcan” por la salida de “los y las agentes que hayan ingresado” bajo este régimen.

No obstante, se aclaró que “en ningún caso” esta norma “debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes”, por lo que no se podrá despedir a los empleados públicos en actividad para garantizarles el lugar a los nuevos ingresantes.

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Por último, el Decreto también establece que el MMGyD en forma conjunta con el Instituto Nacional de la Administración Pública capacitarán a las autoridades y el personal del Poder Ejecutivo Nacional, para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo del sector público se realice en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas.

Un registro voluntario

Para que el cupo se pueda completar, en el Decreto se establece que se crea un registro para que “en forma voluntaria” se puedan anotar todas las personas travestis, transexuales y transgénero aspirantes a trabajar en el sector público nacional.

“En dicho Registro deberán constar los perfiles laborales de las personas inscriptas en el mismo y se pondrá a disposición de las Jurisdicciones y Entidades, las que deberán informar al Ministerio de la Mujeres, Género y Diversidad, los puestos de trabajo vacantes y las ofertas de contratación de personal disponibles”, se apunta.

La cartera a cargo de Gómez Alcorta deberá efectuar un seguimiento de la cantidad de cargos cubiertos con personas travestis, transexuales y transgénero sobre los totales de cargos de la planta permanente y transitoria y el total de los contratos existentes del Sector Público Nacional.

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Por último, se ordenó la formación de una Unidad de Coordinación Interministerial que estará compuesta por representantes de diferentes áreas y, entre otras cuestiones, hará “un diagnóstico inicial” de la situación laboral de estas personas en el ámbito estatal y elaborará un plan para la implementación de estas nuevas reglas.

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