El Concejo prohibió instalación de fundiciones de plomo
El ex concejal Ignacio Respuela, que se desempeña actualmente como integrante de la Asesoría Letrada de la Municipalidad de Navarro, presentó para su tratamiento urgente un proyecto como petición particular para que en el partido de Mercedes se prohiba la instalación de fundiciones de plomo. El problema de Merplac y la contaminación, pero sobre todo del peligro comprobado para la salud y el medio ambiente de este tipo de producción ha motivado la sanción de esta norma, que fue aprobada en la sesión legislativa extraordinaria que se realizó ayer lunes 6 de diciembre por la mañana.
En la vecina ciudad se habían planteado problemas similares a los de Mercedes. Y por la redacción de una ordenanza que fue elaborada en ese distrito, evitaron que en una vieja fundición se instalara una empresa de similar actividad.
Respuela planteó como petición particular que contemplando los efectos devastadores de las industrias contaminantes y en particular las de reciclado de baterías y fundición de plomo, es necesario que la autoridad municipal tome medidas de fondo que tiendan a poner fin a la contaminación originada por estos establecimientos.
“El Municipio debe utilizar todos los medios legales a su alcance para impedir que continúen funcionando en Mercedes fábricas dedicadas a este tipo de actividades y evitar a la vez su localización”, se puede leer en los considerandos.
El proyecto además menciona que es el Municipio, Intendente y Concejo Deliberante, en ejercicio del poder de policía, quienes deben ejercer una acción preventiva y permanente en materia de ecología.
El proyecto aprobado ayer consta de siete artículos y prohíbe “en el ámbito del partido de Mercedes, el funcionamiento, radicación, instalación o habilitación, de fábricas dedicadas al reciclado de baterías, fundición de plomo, o cualquier otra industria de similares carácterísticas.
Por otra parte, los establecimientos que a la fecha de sanción de la ordenanza se encuentren funcionando, deberán en el plazo máximo de un año dejar de ejercer su actividad industrial dentro del partido. Este plazo sólo podría prorrogarse por un término no mayor a seis meses, cuando el propietario del establecimiento industrial acredite razones de fuerza mayor que le impidan relocalizar su empresa.
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