Resolución General Nº 2168 - Su modificación AFIP RG Nº 2262/07

En la reciente; se eximió de la inscripción en el registro a los propietarios de mas de cinco inmuebles destinados a alquiler, cuya renta en conjunto no supere los $ 8.000 mensuales o $ 96.000 anuales.
Así, la inscripción al registro quedo determinada por el valor de las operaciones, y no por la cantidad de propiedades involucradas o metros cuadrados de la construcción como inicialmente se pretendía. Esta nueva unidad de medida pone a todas luces una cuota de equidad.
Independientemente de ello; conversaciones mantenidas esta semana con directivos de la Administración Federal de Ingresos Públicos, nos permiten anticipar que en cuanto a las operaciones de compraventa, la resolución procedimental será dictada a mediados de junio y comenzaría a regir en los primeros días de julio, manteniéndose lo oportunamente anticipado.
Los funcionarios dejaron nuevamente en claro que el objetivo del organismo es luchar contra la evasión fiscal que se da en el marco de los negocios inmobiliarios y que de manera alguna apunta a perjudicar a los profesionales del sector.
Los directivos del Colegio Público seguirán en estrecha vinculación con los funcionarios de la AFIP, en procurar establecer pautas que atiendan a los intereses que pretende imponer el Gobierno Nacional sin generar recesión del mercado inmobiliario.

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