Abrió la inscripción para Procrear II en Mercedes ¿Quiénes pueden anotarse?
El desarrollo urbanístico está ubicado en nuestra ciudad. Iniciado en 2021, cuenta con viviendas dúplex y multifamiliares de 1 y 2 dormitorios. Además, el predio posee excelentes vías de acceso, cercanía a diferentes centros educativos, recreativos y de salud, y una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes.
La inscripción, al igual que en la línea Desarrollos Urbanísticos, cuenta con dos modalidades:
- General, para personas de 36 a 64 años de edad.
- Destino Joven, donde pueden anotarse aquellos aspirantes de entre 18 y 35 años
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Para inscribirse los interesados deberán llenar el correspondiente formulario en la página web del ministerio.
¿Quiénes pueden inscribirse?
Quienes tengan domicilio en el Partido de Mercedes. Al momento de completar el código postal en el formulario de inscripción, se indicará el predio Procrear correspondiente.
Requisitos generales
- Ser argentino, natural o por opción, o extranjero con residencia permanente mayor a cinco (5) años.
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- Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.
- El grupo familiar deberá contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos del grupo familiar, en forma mensual netos, deberán estar en el rango de uno y medio (1,5) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripción.
- Tener entre dieciocho (18) y treinta y cinco (35) años de edad al momento de la inscripción.
- No tener bienes inmuebles registrados a nombre del solicitante o cualquier miembro de su grupo familiar, ni como propietarios ni como copropietarios al momento de iniciar el trámite, salvo algunas excepciones.
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- No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
- No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos doce (12) meses.
- Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA, en los últimos doce meses.
- Registrar, como mínimo, doce (12) meses de antigüedad en la actividad (empleados e independientes). En el caso de independientes, la antigüedad se considera desde la fecha de inscripción en el correspondiente régimen. A los efectos de computar la continuidad de la antigüedad laboral, se considerará la fecha de ingreso al empleo anterior, siempre que entre la fecha de ingreso al empleo actual y la fecha de egreso anterior no haya transcurrido más de sesenta 60 días corridos y tenga en el empleo actual al menos tres (3) meses de antigüedad.
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