LAS RECETAS DE LOS BENEFICIARIOS DEL PAMI DEBEN INCLUIR EL PRINCIPIO ACTIVO DEL FÁRMACO
La Subgerencia de Medicamentos del Pami recordó que para todos los prestadores rige en forma plena y estricta la Ley 25.649 de medicamentos genéricos y su decreto reglamentario (987/03), según la cual todas las recetas deben incorporar los principios activos de los farmacos.
Por Sergio Maineri
Asimismo, desde la obra social más importante de los jubilados se explicó que “opcionalmente, el profesional prescriptor (médico ú odontólogo) puede agregar una marca comercial de ese principio activo, e incluso establecer que esa marca no es sustituible.
La intención de la Ley y la normativa complementaria es permitir que, frente a la solicitud del beneficiario, el farmacéutico pueda ofrecer otra marca comercial que tenga el mismo principio activo, en la misma formulación y presentación pero a un precio menor. (Agencia NOVA).
Fuente: nova